Los trastornos musculoesqueléticos (TME) suelen asociarse a esfuerzos físicos intensos o entornos industriales. Sin embargo, en el entorno corporativo actual, las tareas en puestos de oficina y pantallas de visualización de datos (PVD) representan uno de los focos de mayor incidencia de sobrecargas y molestias crónicas. En 2026, la prevención en entornos administrativos e híbridos continúa siendo una prioridad técnica y organizativa para las empresas.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) señala que los TME de origen laboral constituyen el problema de salud laboral más común en España y Europa, afectando de manera predominante a la zona cervical, dorsal, lumbar y a las extremidades superiores (hombros, muñecas y manos) [1]. Lejos de tratarse de una cuestión ya resuelta por la mera presencia de mobiliario de oficina moderno, la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) mantiene plenamente activo su Grupo de Trabajo de Trastornos Musculoesqueléticos, con documentos técnicos orientados al análisis continuado de daños a la salud y enfermedades profesionales causadas por estas patologías [2].
En los puestos de trabajo de oficina, la exposición a factores de riesgo no proviene del levantamiento de cargas pesadas, sino del mantenimiento de posturas estáticas prolongadas y la micro-repetitividad. La evaluación ergonómica de estos puestos, regulada por el Real Decreto 488/1997 [3], debe considerar factores que a menudo pasan desapercibidos:
Estatismo postural y sedentarismo continuado: permanecer sentados durante horas reduce la vascularización muscular y eleva la presión intervertebral.
Fatiga visual combinada con tensión cervical: reflejos, distancia incorrecta a la pantalla o tamaño de fuente inadecuado que obligan a flexionar el cuello hacia adelante.
Factores de ritmo y organización: jornadas con escasas pausas efectivas, alta densidad de tareas y dificultades de desconexión en modalidades de teletrabajo.
Desajuste individual de los elementos de trabajo: alturas inadecuadas de pantalla, falta de apoyo en antebrazos o apoyos lumbares mal ubicados.
Movimientos repetitivos de baja carga: tecleo intensivo y uso continuado del ratón con desviaciones de muñeca.
Para abordar estos riesgos de forma eficaz, las medidas técnicas y los programas de promoción de la salud en la empresa deben articularse en un orden de intervención bien estructurado:
Educación postural y sensibilización ergonómica: capacitación práctica en el propio puesto para que cada persona identifique posturas lesivas y aprenda a configurar sus propios dispositivos y periféricos.
Ejercicio terapéutico y postural en el ámbito laboral: rutinas orientadas a fortalecer la musculatura estabilizadora del tronco (core), cintura escapular y cuello, diseñadas para contrarrestar la posición sentada mantenida.
Ajuste ergonómico individualizado del puesto: regulación personalizada de la altura de la silla, soporte lumbar, distancia y altura de monitores, colocación de teclado, ratón y reposapiés según la antropometría de cada usuario.
Programas de pausas activas y estiramientos dirigidos: pautas breves de movimiento durante la jornada para romper el sedentarismo, aliviar la musculatura cervical y restaurar la circulación.
Atención preventiva y abordaje de molestias iniciales: aplicación de técnicas de terapia manual y valoración funcional temprana para intervenir sobre sobrecargas antes de que deriven en patologías incapacitantes.
Alternancia de tareas y reorganización de la jornada: combinación deliberada de tareas de lectura, redacción, llamadas o reuniones de pie para variar las demandas biomecánicas.
Adecuación del entorno ambiental: control de reflejos lumínicos, climatización sin corrientes de aire directas y confort acústico para evitar posturas compensatorias.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales subraya el principio de adaptar el trabajo a la persona y no a la inversa [4]. En las oficinas actuales, donde conviven modalidades presenciales y modelos de teletrabajo, una adecuada prevención musculoesquelética no puede limitarse a la entrega de folletos genéricos. Requiere una observación sistemática del puesto real, formación práctica y herramientas que permitan a los equipos cuidar su salud articular y muscular durante su actividad cotidiana.
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Trastornos musculoesqueléticos.
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Grupo de Trabajo: Trastornos Musculoesqueléticos.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
Jefatura del Estado. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.